¡¡RECORDAD QUE ESTO SE PUEDE HACER DÍA A DÍA SIN MIEDO ALGUNO!!
Las autopistas son vías públicas
sobre terreno público en régimen de concesión administrativa para pagar
el coste de construcción de la infraestructura, es decir una vez se ha
pagado el coste de la construcción y hasta cierto beneficio razonable 4
o 5% esta infraestructura tiene que pasar a ser de libre paso, por
contra en Cataluña estas infraestructuras se han pagado decenas de veces y algunas de ellas hasta CIEN veces
más su coste de construcción. Esto es un enriquecimiento abusivo que ha
permitido a la empresa Abertis los peajes que han pagado los
ciudadanos todas estas décadas.
** Si los trabajadores de la
autopista te piden el DNI, niégate. Tienes derecho a NO identificarte
ante el personal de Abertis **
1 - Cuando digas 'No Quiero Pagar' y te niegues a pagar un peaje,
el personal de Abertis sólo puede anotar la matrícula del vehículo-lo
que no tiene ningún efecto-y, a continuación, abrirte la barrera para
dejarte pasar. Da igual si la señal luminosa de la concesionaria está en
verde o rojo. Esta señal luminosa no es un semáforo y sólo indica si se
ha pagado el peaje o no, y no está regulado por el Reglamento de
circulación. No te pueden poner ninguna multa por no pagar, tanto si
pasas la señal luminosa en verde como en rojo.
2 - Si los trabajadores de Abertis ponen una denuncia tiene el
mismo peso que un ciudadano ponga una denuncia voluntaria, lo único que
pueden hacer es ponerlo en conocimiento del Servicio catalán de
Tráfico que es quien debería tramitar el expediente y en este caso el
Servicio Catalán de Tráfico y los Mossos d'Esquadra consideran que el
impago NO es una infracción, ya que se trata de una problemática privada
entre un cliente y el prestador de un servicio.
3 - Las sanciones que denuncien los trabajadores del peaje no son
denuncias efectuadas por un agente de la autoridad pública, y por este
motivo no tiene presunción de veracidad, como podría ser una denuncia
que hagan los Mossos, y por este motivo también se podrá alegar la nulidad de la sanción.
4 - El art. 135 nos dice: Prohibición de pasar sin detenerse.
Indica el lugar donde es obligatorio detenerse por la proximidad, según
la inscripción que contenga, de un puesto de aduana, de policía, de
peaje u otro, y que después de estos puede haber instalados medios
mecánicos de detención. En todo caso, el conductor así detenido no
podrá reanudar su marcha hasta que haya cumplido la prescripción que la
señal establece.
El hecho de que no podamos continuar la marcha hasta cumplir el
requisito establecido por la señal es cierto, sin embargo, la señal no
dice que hay que pagar, sino que dice detenerse porque allí hay un
peaje. Se trata de una señal de Obligación de detenerse, al que se añade
la palabra PEAJE para indicar el motivo de la detención.
De hecho, en los peajes de recogida de tickets también hay esta señal
de peaje y no tenemos que pagar, simplemente recoger el ticket y
continuar la marcha. Si continúas la marcha sin pagar no estás
incumpliendo con la señal sino que sólo estás de dejando de pagar un
servicio, que te pueden reclamar vía notificación.
5 - Los empleados de la autopista que intenten retenerte o
bloquearte la barrera están cometiendo un delito penal de detención
ilegal castigado con multa de 3 a 6 seis meses según el artículo 163.4
del Código penal español si lo comunicamos a la autoridad pública. En
caso de que te retengan para coaccionarte a pagar sin presencia policial
están cometiendo 2 delitos penales: coacciones (castigado con la pena
de prisión de 6 meses a 3 años o de multa de 12 a 24 meses según el
artículo 172.1 del Código Penal español) y detención ilegal (castigado
con la pena de 4 a 6 años de prisión según el artículo 163.1 del Código
Penal español).
Si te encuentras en esta situación llama inmediatamente al 112 o al 088
y comunica la situación para que los Mossos d'Esquadra te asistan y
procedan a identificar al empleado de la autopista que ha cometido estos
delitos en tu contra para poder denunciarlo.
7 - La Concesionaria sólo te podrá reclamar el pago de la deuda / peaje vía notificación si tú te has identificado con el DNI,
pero nunca por vía penal, porque no hay delito. Lo más probable, es que
nunca te reclamen nada, porque no te pueden identificar y porque les
sale más caro reclamar que el precio del peaje.
PUNTO IMPORTANTE REFERENTE A LA FAMOSA MULTA DE 100€:
Cita:
----------------------------------------------------
Los peajes son zonas habilitadas para parar el coche, eso quiere decir
que si no te dejan o no puedes pasar la responsabilidad no es tuya (las
multas de la guardia civil se podrían recurrir). No es ni una parada, ni
un estacionamiento, es una detención.
Si grabas algún vídeo siempre tienes que avisar, (según la ley de protección de datos).
Los trabajadores no tienen la culpa de nada, ¡sed respetuosos!
Hay que denunciar actitud pasiva de los mozos, no pueden ser cómplices
de la empresa, si lo hacen hay que denunciarlos también a ellos por
omisión del deber.
Fuente.: forocoches.com
Las autopistas son vías públicas
sobre terreno público en régimen de concesión administrativa para pagar
el coste de construcción de la infraestructura, es decir una vez se ha
pagado el coste de la construcción y hasta cierto beneficio razonable 4
o 5% esta infraestructura tiene que pasar a ser de libre paso, por
contra en Cataluña estas infraestructuras se han pagado decenas de veces y algunas de ellas hasta CIEN veces
más su coste de construcción. Esto es un enriquecimiento abusivo que ha
permitido a la empresa Abertis los peajes que han pagado los
ciudadanos todas estas décadas.
** Si los trabajadores de la
autopista te piden el DNI, niégate. Tienes derecho a NO identificarte
ante el personal de Abertis **
1 - Cuando digas 'No Quiero Pagar' y te niegues a pagar un peaje,
el personal de Abertis sólo puede anotar la matrícula del vehículo-lo
que no tiene ningún efecto-y, a continuación, abrirte la barrera para
dejarte pasar. Da igual si la señal luminosa de la concesionaria está en
verde o rojo. Esta señal luminosa no es un semáforo y sólo indica si se
ha pagado el peaje o no, y no está regulado por el Reglamento de
circulación. No te pueden poner ninguna multa por no pagar, tanto si
pasas la señal luminosa en verde como en rojo.
2 - Si los trabajadores de Abertis ponen una denuncia tiene el
mismo peso que un ciudadano ponga una denuncia voluntaria, lo único que
pueden hacer es ponerlo en conocimiento del Servicio catalán de
Tráfico que es quien debería tramitar el expediente y en este caso el
Servicio Catalán de Tráfico y los Mossos d'Esquadra consideran que el
impago NO es una infracción, ya que se trata de una problemática privada
entre un cliente y el prestador de un servicio.
3 - Las sanciones que denuncien los trabajadores del peaje no son
denuncias efectuadas por un agente de la autoridad pública, y por este
motivo no tiene presunción de veracidad, como podría ser una denuncia
que hagan los Mossos, y por este motivo también se podrá alegar la nulidad de la sanción.
4 - El art. 135 nos dice: Prohibición de pasar sin detenerse.
Indica el lugar donde es obligatorio detenerse por la proximidad, según
la inscripción que contenga, de un puesto de aduana, de policía, de
peaje u otro, y que después de estos puede haber instalados medios
mecánicos de detención. En todo caso, el conductor así detenido no
podrá reanudar su marcha hasta que haya cumplido la prescripción que la
señal establece.
El hecho de que no podamos continuar la marcha hasta cumplir el
requisito establecido por la señal es cierto, sin embargo, la señal no
dice que hay que pagar, sino que dice detenerse porque allí hay un
peaje. Se trata de una señal de Obligación de detenerse, al que se añade
la palabra PEAJE para indicar el motivo de la detención.
De hecho, en los peajes de recogida de tickets también hay esta señal
de peaje y no tenemos que pagar, simplemente recoger el ticket y
continuar la marcha. Si continúas la marcha sin pagar no estás
incumpliendo con la señal sino que sólo estás de dejando de pagar un
servicio, que te pueden reclamar vía notificación.
5 - Los empleados de la autopista que intenten retenerte o
bloquearte la barrera están cometiendo un delito penal de detención
ilegal castigado con multa de 3 a 6 seis meses según el artículo 163.4
del Código penal español si lo comunicamos a la autoridad pública. En
caso de que te retengan para coaccionarte a pagar sin presencia policial
están cometiendo 2 delitos penales: coacciones (castigado con la pena
de prisión de 6 meses a 3 años o de multa de 12 a 24 meses según el
artículo 172.1 del Código Penal español) y detención ilegal (castigado
con la pena de 4 a 6 años de prisión según el artículo 163.1 del Código
Penal español).
Si te encuentras en esta situación llama inmediatamente al 112 o al 088
y comunica la situación para que los Mossos d'Esquadra te asistan y
procedan a identificar al empleado de la autopista que ha cometido estos
delitos en tu contra para poder denunciarlo.
7 - La Concesionaria sólo te podrá reclamar el pago de la deuda / peaje vía notificación si tú te has identificado con el DNI,
pero nunca por vía penal, porque no hay delito. Lo más probable, es que
nunca te reclamen nada, porque no te pueden identificar y porque les
sale más caro reclamar que el precio del peaje.
PUNTO IMPORTANTE REFERENTE A LA FAMOSA MULTA DE 100€:
Cita:
Estas multas son absolutamente ilegales porque no hay fundamento jurídico alguno que así las soporte y de hecho la misma empresa Abertis lo reconocía y se hizo publico en sede parlamentaria en una reunión con grupos parlamentarios, donde se reconocía que no había base jurídica para interponer estas multas. Todo esto no es más que una operación para generar miedo en los ciudadanos. |
Los peajes son zonas habilitadas para parar el coche, eso quiere decir
que si no te dejan o no puedes pasar la responsabilidad no es tuya (las
multas de la guardia civil se podrían recurrir). No es ni una parada, ni
un estacionamiento, es una detención.
Si grabas algún vídeo siempre tienes que avisar, (según la ley de protección de datos).
Los trabajadores no tienen la culpa de nada, ¡sed respetuosos!
Hay que denunciar actitud pasiva de los mozos, no pueden ser cómplices
de la empresa, si lo hacen hay que denunciarlos también a ellos por
omisión del deber.
Fuente.: forocoches.com